Según las normas internacionales de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE, por sus siglas en inglés) el bienestar animal designa “el estado físico y mental de un animal en relación con las condiciones en las que vive y muere”
Las directrices que guían a la OIE en materia de bienestar de los animales terrestres incluyen también las “cinco libertades”, para describir los derechos que son responsabilidad del hombre, es decir, vivir:
En México la Ley Federal de Sanidad Animal (LFSA) define el bienestar animal como el: “Conjunto de actividades encaminadas a proporcionar comodidad, tranquilidad, protección y seguridad a los animales durante su crianza, mantenimiento, explotación, transporte y sacrificio” y es esta Ley quien establece que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (antes Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación) es la autoridad responsable de tutelar la sanidad y el bienestar animal, así como de las buenas prácticas pecuarias en la producción primaria; y establecimientos Tipo Inspección Federal, y en los demás establecimientos dedicados al sacrificio de animales y procesamiento de bienes de origen animal.
Uno de los órganos que apoya a la Secretaría en este ámbito es el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) quien lleva a cabo acciones para fomentar la legislación vigente en materia a través de la LFSA y su Reglamento, así como las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) a lo largo de la cadena de producción.
Además de lo anterior promueve las Buenas Prácticas Pecuarias (BPP) que son una herramienta para el bienestar animal, puedes consultar los diferentes manuales en: http://publico.senasica.gob.mx/?doc=21454
Fuentes: